Entre derrames, conflictos y promesas incumplidas: dos décadas de minería a gran escala en la Argentina

Entre derrames, conflictos y promesas incumplidas: dos décadas de minería a gran escala en la Argentina

En las últimas dos décadas, el sector minero –concentrado en desarrollos a gran escala y vinculado a capitales transnacionales– fue el segundo en mayor crecimiento exportador, después de la soja. En este contexto, la movilización popular de vecinos autoconvocados resultó esencial para lograr y sostener normativas que protegieran los territorios locales. Sin embargo, en el nuevo escenario político se busca profundizar aún más el camino extractivista y se relativizan los riesgos que estos proyectos suponen para el entorno natural y las poblaciones.

| Por Marian Sola Álvarez |

“En solo veinte años Argentina se convirtió en un actor importante en la industria (sic) minera global”. Así lo afirma un documento titulado “Minería argentina: lo mejor está por venir”, difundido desde el recientemente conformado Ministerio de Energía y Minería de la Nación. Efectivamente, la incorporación del país al mapa minero mundial no viene de la mano de la tradicional minería de socavón, sino del arribo de la minería metalífera a gran escala, actividad altamente concentrada desarrollada por empresas transnacionales que, necesariamente en articulación con gobiernos locales, operan a nivel global.

El análisis del despliegue del modelo minero permite identificar hasta dónde es capaz de llegar el carácter predatorio del neoextractivismo, a la vez que pone de manifiesto el potencial de las acciones de aquellas poblaciones que se rehúsan a que los territorios que habitan sean definidos como zonas de sacrificio.

El avance de la actividad minera a gran escala

En un contexto de alza en los precios internacionales de los minerales y de aumento en la demanda de metales, la actividad minera asumió proporciones desconocidas en diversas regiones del mundo, entre ellas América latina. En la Argentina, la actividad exploratoria se desarrolló de un modo vertiginoso: el volumen de metros perforados registró un crecimiento acumulado de más del 600% en el período 2002-2011 (Secretaría de Minería de la Nación, 2011). Así, luego del sector sojero, la minería fue el sector exportador de mayor crecimiento en la década pasada, particularmente en metales como el oro y el cobre, habiéndose registrado –según la Secretaría de Minería de la Nación– un aumento del 434% en las exportaciones mineras en el período mencionado.

Los últimos informes del Ministerio de Energía y Minería (2016) señalan que son 435 los prospectos mineros existentes, encontrándose la mayoría de ellos (82%) en la etapa inicial del ciclo minero. Según el documento oficial, el 9,5% de los proyectos se ubica en las fases de factibilidad y operación, y son alrededor de 20 los proyectos en estado de exploración avanzada. Los derechos mineros otorgados alcanzan los 183.000 km² (aproximadamente el 7% de la superficie continental de la Argentina) y están distribuidos en 17 provincias, aunque se destacan por su extensión los declarados en Mendoza, San Juan, Santa Cruz y Neuquén. Las concesiones asignadas por los ejecutivos provinciales abarcan territorios pertenecientes a comunidades indígenas, áreas protegidas, pueblos e, incluso, ciudades.

La disputa legislativa en torno a la actividad megaminera

En la Argentina, fueron las transformaciones que se produjeron en el marco jurídico y regulatorio de la minería metalífera durante los primeros años de 1990 las que motorizaron la apertura de diversos proyectos de exploración y explotación, a la vez que garantizaron óptimas condiciones de operación a los capitales transnacionales, fundamentalmente en términos tributarios y de regulación ambiental.

Las bases normativas que permitieron la expansión de la gran minería y que brindan “seguridad jurídica” a los capitales y una alta rentabilidad empresarial se mantuvieron en las décadas subsiguientes a la vez que el Estado, en sus diferentes niveles, asumió un importante compromiso con lo que fuera definido como una política de Estado y plasmado en el Plan Minero Nacional del año 2004. En lo sucesivo, si bien se registraron algunos cambios marginales de carácter tributario a partir del año 2007, no se evidenciaron importantes rupturas con respecto a los preceptos de los años ’90.

La minería a gran escala, replicando una tendencia regional, se desplegó de manera inconsulta sobre los territorios, sin recurrir a los mecanismos con los que cuentan las democracias contemporáneas para dirimir proyectos que impactan fuertemente en las condiciones de vida de la población. A excepción de Esquel y localidades aledañas en Chubut (año 2003) y de la experiencia participativa que tuvo lugar en Loncopué, Neuquén (año 2012), donde se llevaron adelante consultas públicas que arrojaron como resultado un rotundo rechazo a la actividad, las dinámicas políticas provinciales mayoritariamente obturaron la utilización de este dispositivo.

Sin embargo, la preocupación por los impactos en los territorios y, particularmente, la defensa de las fuentes de agua, tuvieron resonancia en los ámbitos legislativos. Entre los años 2003 y 2011, nueve provincias promulgaron leyes que prohíben o restringen severamente las posibilidades de instalación de proyectos megamineros con uso de sustancias potencialmente contaminantes. Chubut, Tucumán, Mendoza, La Pampa, Córdoba, San Luis y Tierra del Fuego son las jurisdicciones que cuentan con una legislación que inhibe la realización de esta actividad extractiva a gran escala (en La Rioja y Río Negro las leyes fueron derogadas). Adicionalmente a estas normas que rigen en ciertos territorios subnacionales, la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección del Ambiente Glaciar y Periglaciar representaría un límite para las áreas de explotación minera, aun cuando diversas estrategias y arreglos institucionales dificulten la aplicación de la ley en provincias cuyos gobernantes están comprometidos con el desarrollo del modelo minero.

Ahora bien, tanto la promulgación de las leyes provinciales como su vigencia son producto de acciones institucionales sostenidas por la acción directa y la movilización popular. En este sentido, la labor de las asambleas socioambientales no se limita a promover la legislación sino también a bregar por su supervivencia, dado que las empresas y otros actores procuran, y en ciertas jurisdicciones lo han logrado, declarar la nulidad de las normas. En el año 2015, en las provincias de Córdoba y Mendoza fueron llevadas a los respectivos órganos de Justicia presentaciones que buscaron declarar la inconstitucionalidad de las leyes que inhabilitan el desarrollo de este tipo de minería y encontraron una respuesta negativa en el ámbito judicial. En efecto, tanto el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba como la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictaminaron la constitucionalidad de las leyes. En estos dos casos, la vigencia del actual marco jurídico que prohíbe la megaminería es resultante de un proceso de activismo sociolegal del que participan una diversidad de actores y en el cual las asambleas de vecinos autoconvocados son protagonistas.

Los intentos de profundización del modelo en el nuevo escenario

En el contexto preelectoral del año 2015, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) y sus cámaras asociadas presentaron a los candidatos presidenciales un documento que proponía una agenda de recomendaciones a considerar para mejorar la situación del sector minero. Se solicitaba una redefinición del rol del Estado nacional y provincial frente a las “inversiones” mineras y la adopción de medidas que permitieran lo que acordaban en denominar “la recuperación de la competitividad impositiva”.

A los pocos días de asumido el nuevo gobierno, se le otorgó al área minera una jerarquía ministerial. Quien se desempeñó como autoridad máxima en la cartera de Minería durante trece años (desde la gestión de Eduardo Duhalde) fue reemplazado por un funcionario que ocupó el cargo de subsecretario de Minería de la Nación durante la gestión menemista, Daniel Meilán. Por su parte, el designado subsecretario de Desarrollo Minero, Mario Capello, es una figura destacada en el sector minero debido a su contribución a la promoción de la megaminería y por su labor vinculada a la elaboración de propuestas para superar lo que diagnostican como un escenario de regresividad tributaria.

Así, al igual que acontece en otras reparticiones del Estado, la conducción del área en cuestión se encuentra en manos de funcionarios identificados con actores empresariales y que cuentan con una larga trayectoria en ámbitos –fundaciones y medios de comunicación– desde los que se procura impulsar el modelo fuertemente anclado en grandes empresas transnacionales. El ex gerente de Minera Alumbrera y referente del sector minero, Julián Rooney, consultado por Mining Press sobre los cambios operados, declaró: “Es un reconocimiento a una industria por su avance en los últimos veinte años y además al potencial que tiene (…). El rango ministerial de la Minería es similar a lo que hacen otros países con desarrollo en minería en la región, como Chile y Perú, ahora deberemos parecernos a ellos también en seguridad jurídica, para retomar la senda de crecimiento que teníamos al final del siglo pasado”.

La quita de retenciones a las exportaciones mineras, la liberación del tipo de cambio y la posibilidad de girar dividendos al exterior constituyen un primer conjunto de medidas que adoptó el gobierno de Mauricio Macri recién iniciada su gestión y que señalan la clara profundización del rumbo extractivista. El contenido de un nuevo pacto federal minero con las provincias se estaría discutiendo para su firma. Mientras tanto, y desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, particularmente en las localidades donde la oposición a la gran minería está fuertemente instalada, busca convocarse a un supuesto diálogo. Esta iniciativa se fundamenta en que el rechazo de los pobladores a la minería a cielo abierto obedece, centralmente, a las deficientes campañas de comunicación que se desarrollaron hasta el momento. El diagnóstico del que se parte, o la argumentación que se construye, sostiene que la resistencia social radica en la falta información y en los contenidos capciosos y malintencionados que difunden los “ambientalistas”. Sin embargo, se desconocen o niegan los procesos de aprendizaje que realizaron las comunidades, la conformación de un saber experto independiente y las posiciones críticas que prevalecen frente a los discursos ecoeficientistas que afirman que puede realizarse minería a gran escala de forma sustentable.

Adicionalmente, los reiterados episodios de derrame de residuos mineros de dramática magnitud acontecidos en los últimos años en América latina (Río Sonora, México, agosto de 2014 y Bento Rodrigues, Brasil, noviembre de 2015) y los que se produjeron, y tomaron estado público y trascendencia en los medios de comunicación, en la provincia de San Juan, en septiembre de 2015 y en el mismo mes del año 2016, ponen de manifiesto la dificultad por sostener la noción de sustentabilidad con la que se procura adjetivar a esta actividad.

A dos décadas, elementos para un balance

Andalgalá, localidad catamarqueña próxima al primer proyecto de este tipo de explotación, fue testigo durante veinte años de promesas de trabajo y progreso incumplidas, de sucesivas roturas en el mineraloducto que conduce los metales extraídos hasta la provincia de Tucumán, y de las diferentes afectaciones a las condiciones de vida de sus pobladores. La censura, las represiones y la criminalización no impidieron que la resistencia perdurara, obteniendo recientemente repuestas que se hacían eco de las demandas de los vecinos por parte de instituciones gubernamentales de diferentes escalas.

A principios del corriente año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso de amparo que había sido rechazado por la Justicia provincial. Sin embargo, en una segunda instancia, el Superior Tribunal de Catamarca falló a favor del amparo presentado por los vecinos y suspendió las actividades de un nuevo megaproyecto minero, Agua Rica. En la misma línea, a nivel local, el Concejo Deliberante de Andalgalá promulgó, el 8 de septiembre de 2016, una ordenanza en la que se prohíbe la actividad minera metalífera a cielo abierto y la extracción de minerales nucleares en la cuenca hídrica del río homónimo. La particularidad de la ordenanza es que no tiene lugar en un municipio que busca impedir la llegada de un proyecto minero, como aconteció en numerosas localidades de más de diez provincias del país, sino en un departamento que convivió con los diversos derrames de la actividad durante veinte años.

La trayectoria de la megaminería en el territorio donde se instaló el primer proyecto evidencia que, más allá de las estrategias de responsabilidad social empresaria desplegadas, la licencia social para que los megaproyectos operen está lejos de ser alcanzada. Es por ello que no se trata de postular un mundo sin minerales, pero sí de cuestionar el uso y destino de los mismos, así como sus métodos de obtención. Las heridas a perpetuidad en los ecosistemas, la alteración de los procesos naturales que garantizan la reproducción de la vida en los territorios, el avasallamiento de derechos ciudadanos y colectivos, la reconfiguración de las economías locales en función de la lógica de capital financiero, el enorme consumo de agua y energía que el desarrollo de esta actividad supone, exigen problematizar la mirada en torno a los “recursos naturales”, disputar la carga mercantilizadora y resignificarlos como “bienes comunes”.

Autorxs


Marian Sola Álvarez:

Investigadora docente del Área de Sociología del Instituto de Ciencias de la Universidad Nacional de General Sarmiento.