Prostitución y trata de personas con fines de explotación sexual

Prostitución y trata de personas con fines de explotación sexual

La trata de personas resulta inadmisible en la Argentina de hoy. Combatir esta expresión actual de la esclavitud es una prioridad para el gobierno de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, que desde su asunción ha destinado importantes recursos y esfuerzos a su prevención, persecución y sanción, así como a la asistencia de las personas damnificadas por este delito, con resultados otrora impensables.

| Por Chantal Stevens |

“Todo se compra y se vende, y sin embargo, no todo puede comprarse y venderse sin socavar las bases mismas de la humanidad”.
André Gauron

Pese a que los registros históricos dan cuenta de la operatoria de bandas dedicadas a la trata de personas desde fines del siglo XIX –mal llamada, por aquel entonces, “trata de blancas”–, la visibilidad de esta problemática fue intermitente a lo largo de nuestra historia y nunca recibió la atención que suscita en la actualidad. El emblemático caso de Marita Verón, secuestrada en la provincia de Tucumán en 2002 para ser sometida a prostitución, y la lucha de su madre, Susana Trimarco, por encontrarla, fueron el puntapié inicial para que el gobierno de Néstor Kirchner retomara una problemática antiquísima pero acallada durante décadas, creando el primer programa para combatirla y promoviendo el funcionamiento de una fiscalía especializada en su investigación. Más allá de estas medidas puntuales y atendiendo al particular momento histórico en que tuvo lugar su mandato, inmediatamente posterior al momento cúlmine de la crisis estructural más aguda que atravesara la Argentina, su contribución más significativa se centró en atacar los factores que vulnerabilizaban a una población diezmada, arrinconada y expuesta al accionar de las redes de explotación y de tratantes, mediante la reversión de un modelo de política económica que generaba desempleo, trabajo no registrado, pobreza, fragmentación y exclusión social. Entendiendo la trata como una grave vulneración a la dignidad de las personas, y en particular de mujeres y niñas, esta pasó a tener un lugar en la nueva agenda política estructurada en torno de la protección y promoción de los derechos humanos.

La sanción de la ley 26.364, de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas en el año 2008, proveyó el marco para la profundización de la lucha contra la trata y la creación de dispositivos específicos para el rescate y la atención de sus víctimas así como de divisiones especializadas dentro de las fuerzas de seguridad para la persecución del delito, que fue tipificado con carácter federal. La capacitación de funcionarios de diferentes organismos con injerencia en la materia ha redundado en la implementación de un abordaje interagencial coordinado, facilitado por la elaboración y puesta en funcionamiento de protocolos de actuación para las fuerzas y organismos intervinientes en la asistencia de las víctimas. Desde la sanción de la ley mencionada hasta la actualidad, fueron rescatadas un total de 8.696 víctimas de la trata y delitos conexos con esta. La mitad de estos casos se relacionaron con situaciones de explotación sexual.

Esta cifra escalofriante no sólo es reflejo del lugar prioritario que ocupa la trata de personas en la agenda de gobierno, también da cuenta de la envergadura y la naturaleza de la problemática que nos ocupa. La tristemente vasta experiencia adquirida en el abordaje de la trata ha permitido una mayor comprensión de la dinámica del delito, de las redes que lo perpetran, del modo en que operan, de las víctimas que buscan, de los horrorosos tormentos y vejaciones a las que las someten, y también de otros factores que la posibilitan más allá de las causales de orden socioeconómico cimentadas en un voraz ánimo de lucro que no pone reparos a la mercantilización de seres humanos.

Por lo pronto, las situaciones de trata sexual que se registran en la actualidad son diferentes de aquellas que tenían lugar una década atrás, puesto que el delito ha mutado ante el incremento de controles estatales. Lo que se mantiene constante son los esfuerzos por dotarlo de una aparente legalidad para eludir la mayor vigilancia. En cuanto a las redes criminales, lejos de parecerse a las mafias de las películas, son mucho más amplias y difusas de lo que se suele creer, contando con personas que llevan adelante diferentes tareas cuya compartimentación ayuda a diluir responsabilidades y perder de vista su finalidad: “marcar” a las víctimas que presentan alguna vulnerabilidad de la cual aprovecharse; captarlas mediante ofertas laborales engañosas respecto de la actividad o de las condiciones en que se realizará; transportarlas a fin de distanciarlas de sus ámbitos de pertenencia, contención y ayuda; acogerlas en los lugares de tránsito y de destino cuando hay desplazamientos y, finalmente, regentearlas y explotarlas. Para desplegar su accionar necesitan de la connivencia de policías, jueces, inspectores y funcionarios, cuyo involucramiento se da por acción u omisión o, como ocurre frecuentemente, por la naturalización misma de situaciones de explotación sexual, dificultando su percepción como delito. Por ello, la desarticulación de estas bandas exige una férrea decisión política dispuesta a combatir estos crímenes en lo inmediato y, en paralelo, trabajar en pos de un cambio cultural. Además de las muletas estatales, estas redes interactúan con numerosas empresas y proveedores de servicios del sector privado, un actor frecuentemente soslayado al analizarlas. Con niveles de responsabilidad variable, los hoteles, las empresas de diferentes medios de transporte, las distribuidoras de bebidas alcohólicas, los estudios de fotografía, las imprentas y los medios de comunicación, entre otras, proveen servicios a prostíbulos, vehiculizando el accionar de los grupos criminales que lucran con la explotación de la prostitución ajena.

Más allá de estos actores, siguen siendo los que pagan por sexo el eslabón menos visibilizado de estas redes, pese a que son quienes fomentan la existencia y continuidad de un sistema prostituyente, no pocas veces presentado como un “mercado del sexo”, que es capaz de engañar, amenazar, secuestrar, golpear, violar, torturar, intervenir los cuerpos, generar adicciones y desaparecer mujeres con tal de generar una “oferta” diversa y renovada para satisfacer una “demanda” masculina muy exigente. En efecto, la explotación sexual y la trata no pueden ser cabalmente entendidas sin la adopción de una perspectiva de género. Comprender que en el sistema prostituyente son siempre las mujeres las que son explotadas sexualmente (también hay una porción de personas travestis y trans y, si bien hay varones que son prostituidos, constituyen un porcentaje ínfimo en relación a las mujeres) y que prácticamente la totalidad de los que pagan por sexo son varones, nos lleva a preguntarnos acerca de las construcciones sociales que existen en torno de la masculinidad y la feminidad, particularmente en lo que hace a la sexualidad, y qué incidencia tienen estas representaciones en la perpetuación de las problemáticas que nos ocupan.

Este entendimiento ha moldeado la política contra la trata de los últimos años. Ejemplo de ello es la modificación de la legislación precitada mediante la ley 26.842, sancionada por unanimidad a fines de 2012, en aras de mejorar la detección de los casos de explotación y la protección de los derechos de las víctimas. Además de crear nueva institucionalidad, en lo sustancial esta ley redefinió los tipos penales relacionados con la trata de personas (art. 145° bis), la promoción y facilitación de la prostitución (art. 125° bis), y su explotación económica (art. 127°), tornando irrelevante el consentimiento otorgado por la víctima sin importar la edad que tenga, en el convencimiento de que ninguna persona puede consentir su propia explotación. Asimismo, las amenazas, engaños, coerción o aprovechamiento de la vulnerabilidad y otros medios utilizados para obtener ese consentimiento fueron eliminados de las definiciones penales para pasar a constituir agravantes de estos delitos (arts. 145° ter, 126° y 127° CP).

La modificación normativa acaecida no es menor ya que expresa un consenso en torno de una cosmovisión que es clave para comprender de manera general los modos de relacionamiento interpersonal que se promueven en nuestro país. La concepción de la persona humana que subyace a esta reforma está guiada por una noción de integridad e integralidad en la que los cuerpos no son meros objetos o posesiones que puedan ser escindidos de las personas para su comercialización, de ahí la irrelevancia del consentimiento para que sean puestos en venta o alquiler. Esta concepción es válida no sólo para analizar la explotación sexual y la trata de personas, sino también para comprender la institución de la prostitución, cuyo abordaje ha resultado más elusivo, en parte, por las diferentes visiones que existen en torno de ella.

Si bien la prostitución no está penalizada en la Argentina, el sistema prostituyente no deja de ser uno en el que confluyen diferentes situaciones, que no son estancas ni permanentes y que pueden encontrar a una misma mujer atravesándolas en diferentes momentos. Lo que abunda mayoritariamente son los casos de explotación sexual a secas. En menor medida se presentan las situaciones de trata de personas y, a contrario del imaginario extendido –tan funcional al patriarcado–, la prostitución autónoma constituye una porción muy reducida. Más allá de la situación relativa de quienes interactúan en este sistema y la manera en que hayan llegado a formar parte del mismo, el contrato implícito no varía y los estereotipados roles de género que caben a las partes, tampoco: las mujeres (y/o quienes han asumido una identidad de género femenina) ponen el cuerpo, como si este fuera una mercancía de su pertenencia y no el territorio de su humanidad, y los varones (y/o quienes asumen una identidad de género masculina) ponen el dinero, como si lo que se intercambiara fuera equiparable y se tratara de una relación entre iguales a la que ambas partes hubieran llegado en las mismas condiciones y en la que tuvieran el mismo poder de negociación.

Y en esta dinámica de “como síes” y pretensiones, abundan las representaciones que reproducen y que son producidas por relaciones desigualadoras y generadoras de violencia y discriminación. En efecto, en nuestra sociedad circulan permanentemente mensajes, ideas y estereotipos que tienen cargas valorativas y que ayudan a construir imaginarios sociales que configuran distintos tipos de relaciones sociales entre varones y mujeres. A fuerza de repetición y reproducción, estas construcciones socioculturales terminan por instalarse como formas naturales de pensar que justifican relaciones de poder desiguales, asignando roles, expectativas y posibilidades de acceso y ejercicio de derechos diferenciales para varones y mujeres, siempre en detrimento de estas últimas. Si a ello se suma la constante cosificación de las mujeres en mensajes relacionados con el sexo, el cuerpo y con los roles sociales que a ellas se asignan, podemos empezar a vislumbrar una respuesta al interrogante planteado por el sociólogo Richard Poulin acerca de cómo es que aquello que no es en principio una mercadería termina convirtiéndose en una.

En este proceso, los medios masivos de comunicación juegan un papel crucial. Tanto es así, que hasta hace unos pocos años la prensa gráfica argentina presentaba a las mujeres como una mercancía más en un rubro comercial, ubicando los avisos clasificados de prostitución junto a los de compraventa de otros bienes. Los mensajes del estilo de “conmigo vale todo”, “en mi cama lo que pidas”, “calificada para tus exigencias”, “apasionada y complaciente” se publicaban de a miles en los diarios del país, dejando en claro tanto el rol subordinado de las mujeres en el comercio sexual como la anulación de su deseo, siempre a merced del placer sexual de quienes las prostituyen. Estas expresiones parecieran confirmar a Catherine MacKinnon cuando señala que lo que se compra y vende en la prostitución es sexo del tipo “haz lo que yo digo”. Promoviendo incluso la pedofilización en las relaciones sociales y confiriendo a las niñas características de una sexualidad adulta, voces como “bebota mimosa y ardiente”, “lolitas calentonas”, “colegiala sexy”, también constituían un lugar común entre estos anuncios que extremaban el tratamiento de las mujeres y niñas como objetos al punto de promocionarlas “2×1”.

La política de eliminación de las publicaciones de comercio sexual en los medios de comunicación establecida mediante el decreto N° 936/2011 no sólo se dictó con el propósito de prevenir la trata de personas, en consonancia con las recomendaciones de los organismos especializados en la investigación del delito que habían indicado ya que estas publicaciones servían como señuelos para captar personas a los fines de explotarlas sexualmente y para promover la prostitución ajena. También se ordenó su eliminación para dar cumplimiento a la ley de protección integral de la violencia contra las mujeres, N° 26.485, cuyas prescripciones mandan combatir la violencia simbólica, definida como aquella que “a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”, y la violencia mediática, que comprende “toda publicación o difusión a través de cualquier medio masivo de comunicación de mensajes e imágenes estereotipados que, de manera directa o indirecta, promuevan la explotación de mujeres o sus imágenes, injurien, difamen, discriminen, deshonren, humillen o atenten contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes o niñas en mensajes e imágenes socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”. Más allá del tipo y contenido de los mensajes de comercio sexual, su prohibición evidencia un cambio en las condiciones materiales de posibilitación de su producción, circulación y consumo, cuestionándose la legitimidad de su existencia misma e invitando a reflexionar en torno de los límites de lo decible en el marco de una hegemonía cultural determinada.

A fin de profundizar los resultados de la aplicación de este decreto en relación a las publicaciones de la prensa gráfica y otorgar un tratamiento similar a los avisos de Internet, que en la actualidad se presenta como el medio privilegiado para la promoción del comercio sexual y donde persiste un trato fuertemente denigrante hacia las mujeres, se encuentra en discusión parlamentaria un proyecto de ley que cuenta ya con la media sanción de la Cámara de Diputados. Su reciente debate en comisión del Senado ha expuesto algunas resistencias a su avance, que se contrastan con la gran aceptación social que tuvo el decreto 936 cuando la Presidenta lo anunciara cuatro años atrás. Reeditándose el debate centenario sobre la prostitución y el “trabajo sexual”, volvieron a quedar expuestos los tironeos para la apropiación de la vieja consigna feminista, como plantea Marta Vassallo, de “mi cuerpo es mío”, entre visiones que lo entienden inalienable de la persona y las que, atravesadas por una lógica de mercado, ven en su venta o alquiler un ejercicio de libertad y plantean la necesidad de publicitarlo. El reclamo por el reconocimiento y la difusión del “trabajo sexual” evocan la definición de Pierre Bourdieu sobre la violencia simbólica que el sociólogo explica que se instaura cuando la persona dominada no puede no adherir al dominador y a su dominación porque para pensar la relación que tienen sólo cuenta con instrumentos de conocimiento que están atravesados por la relación de dominio, haciéndola parecer como natural.

Mientras en el Congreso se daba esta discusión inconclusa sobre un tema en torno del cual se logró un consenso de todas las fuerzas políticas que se cristalizó en la legislación vigente tan sólo dos años y medio atrás, se difundía y viralizaba a un ritmo exponencial la convocatoria a lo que terminó siendo una multitudinaria movilización en contra de los femicidios y todas las expresiones que asume la violencia de género, bajo la consigna de #NiUnaMenos. Con este horizonte por delante, los parates o retrocesos no pueden más que entenderse como instancias para tomar aire y envión para seguir avanzando en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria en la que se respete la dignidad inherente a todos y todas.

Autorxs


Chantal Stevens:

Politóloga y Magíster en Sociología Política, Coordinadora de la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.