Prefacio

Prefacio

El ejercicio de la libertad de expresión resulta inseparable del goce de otros derechos fundamentales, como el derecho a la participación, a las identidades, a la no discriminación, o al uso del espacio público. Si bien esto hoy se da por descontado, la realidad nos muestra situaciones muy variadas a lo largo de nuestra región. En las próximas páginas, una invitación a recorrer debates y desafíos pendientes.

| Por Damián Loreti y Luis Lozano |

El marco jurídico, los principios y la jurisprudencia provistos por el Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos lo consagran como el más generoso en materia de libertad de expresión. Al reconocer la doble dimensión de este derecho –individual y social–, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que es tan importante el conocimiento de la opinión ajena o la información de que disponen otras personas, como el derecho a difundir las propias creencias o informaciones y reafirmó que cada acto de comunicación implica simultáneamente las dos dimensiones.

Esta concepción de la libertad de expresión implica garantizar la realización individual en la elección de un proyecto de vida y la satisfacción personal en el desarrollo de actividades ligadas al arte, la cultura, la ciencia y la educación, entre otras. Pero también es fundamental el rol que cumple la libertad de expresión en tanto “piedra angular” de la vida democrática, al punto que el grado de su respeto funciona como un verdadero baremo del estado de derecho.

En este sentido, el ejercicio de la libertad de expresión resulta inseparable del goce de otros derechos fundamentales, como el derecho a la participación, a las identidades (étnicas, sexuales, lingüísticas, religiosas), a la no discriminación, al uso del espacio público. A la vez, este derecho –en su faz vinculada al acceso a la información– debe ser visto como una herramienta de suma trascendencia en la protección y concreción de derechos económicos, sociales y culturales.

Se puede verificar su valor –la casuística es rica en tal sentido– en cuestiones de información ambiental, acceso a la vivienda, a la justicia, a la salud (incluyendo la sexual y reproductiva), a peticionar, a la libertad sindical y a la información para la protección de los derechos de las personas migrantes y de pueblos originarios, entre otros.

Debe hacerse un especial énfasis cuando la información se vincula con el ejercicio del derecho a la información sobre violaciones a derechos humanos. En tal caso, la prevalencia debe ser absoluta. El ocultamiento y la obstrucción al derecho a la verdad no debe admitirse ni siquiera invocando el cumplimiento de deberes de preservación de confidencialidad bajo ningún supuesto.

Ampliar la agenda

Los primeros desarrollos teóricos y jurídicos en torno al concepto de democratización de las comunicaciones se remontan a fines de los años setenta y resultan inseparables del hito que implicó la publicación en 1980 del informe “Un solo mundo, voces múltiples”, realizado por la comisión presidida por el irlandés Sean MacBride, por encargo de la UNESCO. Desde entonces las cuestiones en debate han ido variando, y se generaron diversas corrientes de pensamiento y discusión sobre el rol de los medios en las sociedades democráticas. Este proceso tuvo lugar en simultáneo con múltiples factores que lo atravesaron de manera directa, entre ellos, cuestiones ligadas al contexto político global, como la caída del mundo bipolar y el apogeo de los gobiernos neoliberales en la región durante la década de 1990. En simultáneo, tuvo lugar la constitución de megacorporaciones periodísticas con intereses fuera de la actividad específica y la proliferación de cadenas internacionales que hoy aparecen como grupos globalizados. Todo esto de la mano del desarrollo masivo de la industria de las telecomunicaciones, Internet y la expansión de las redes sociales.

También se produjeron cambios de relevancia asociados con la consolidación de ciertos foros internacionales y sus agendas, en particular la conformación de las Relatorías de Libertad de Expresión de Naciones Unidas (ONU), de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Unión Africana (UA), el reconocimiento de la diversidad cultural a partir de instrumentos internacionales de derechos humanos y la profundización de los llamados “estudios culturales”. La contracara de este fenómeno fue la creciente influencia de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre la circulación de bienes simbólicos y la irrupción de nuevas políticas destinadas a regular las industrias culturales desde el paradigma del libre comercio.

Todos estos factores se combinaron en la mayoría de los países de América latina con el advenimiento de gobiernos progresistas en los inicios del siglo XXI, frente a los cuales los grupos económico-mediáticos fijaron posición y llegaron a prohijar movimientos contra la vigencia del estado de derecho, cuando no a participar activamente en ellos.

Si revisáramos qué era lo que se planteaba tres décadas atrás en torno a los estudios sobre libertad de expresión, más allá de la experiencia fundacional pero aislada que constituyó la elaboración del Informe MacBride, sería difícil hallar algo más que las miradas de la llamada tradición clásica. A la vez, dejando de lado circunstancias y autores puntuales, no sorprendería encontrar que el pluralismo, la diversidad, la universalidad del derecho a la comunicación y el acceso a la información eran temas que se encontraban fuera de la agenda, con la sola excepción de lo que ocurría en las aulas de algunas universidades públicas, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil.

Un desafío actual

En la actualidad, en cualquiera de los países de nuestra región, las cuestiones vinculadas con el derecho a la comunicación y la libertad de expresión generan vibrantes discusiones cotidianas en todos los ámbitos de la sociedad, incluidos los propios medios de comunicación. La caída de la imagen sacra de objetividad de la información difundida, la develación de que –además de ideologías y líneas editoriales– los negocios intra y extramediáticos tienen incidencia en los dichos y las omisiones, y la pelea por la universalización de este derecho que nació como rebeldía frente al poder estatal y hoy puede sucumbir tanto por la acción de este como por el obrar de actores no estatales, mediáticos o que pesen sobre ellos, es un paisaje en que las empresas de medios no son más esos viejos editores que enseñaban a sus hijos y discípulos el oficio periodístico.

En este contexto, analizar el estado del ejercicio de la libertad de expresión en la región permite verificar situaciones muy variadas. Siguen ocurriendo asesinatos, agresiones y amenazas a periodistas. También a ciudadanos que no ejercen ese oficio, pero participan del debate público en distintas dimensiones, en especial en las ciudades más pequeñas. Persisten también los casos de censura judicial y administrativa, penalización y condenas económicas con efecto intimidatorio. Subsisten además las barreras y obstáculos al acceso a la información, particularmente en relación al acceso a la verdad en los países que reconstruyen sus historias en contexto de procesos de memoria y justicia transicional.

Al mismo tiempo, enfrentamos desafíos como el espionaje y las intromisiones a la privacidad y al actuar de los medios de comunicación; la reproducción de prácticas y discursos discriminatorios asociados en particular al crecimiento de los procesos migratorios; el acceso universal a Internet; la alfabetización y el estrechamiento de la brecha digital; los procesos de convergencia y transición a los medios digitales; la multiplicación de las pantallas y los productores y los retos que ello implica para el pluralismo y la sustentabilidad; la promoción de medios comunitarios y públicos; el rol y conformación de autoridades de aplicación; la irrupción de nuevos medios y las redes sociales y la necesidad de generar mecanismos para asegurar su reconocimiento y protección, expandiendo la doctrina clásica de la libertad de expresión.

Entre las alternativas concretas para hacer frente a estos desafíos aparecen, entre otras, cuestiones como:

• La promoción de leyes antimonopólicas, tanto en materia de propiedad como en reglas de acceso a derechos de exhibición de interés relevante, como plantea la Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual que inspiró la regulación al respecto consagrada en la Argentina a través de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

• La remoción de restricciones de potencia, frecuencias, acceso a recursos económicos legítimos y temáticas para medios comunitarios, las cuales continúan presentes en las regulaciones de diversos países de la región.

• La adopción de reglas transparentes de subsidio al pluralismo sin confundir esta instancia con publicidad oficial.

• La introducción de condiciones de “must carry” y “must offer”, que obliguen a los dueños de las redes a garantizar su utilización tránsito en condiciones de equidad, para evitar consolidaciones de posiciones dominantes por control excluyente de ductos o contenidos.

• Acceso a facilidades esenciales como papel y circuitos de distribución para medios pequeños.

A lo largo de los artículos que conforman este número, esos debates y desafíos pendientes aparecen representados en sus distintas facetas y analizados por autores que –desde una perspectiva multidisciplinaria– amplían la agenda de cuestiones a discutir en torno al ejercicio de este derecho humano. Trabajar con ellos, compilar sus aportes y sus miradas especializadas ha sido un trabajo enriquecedor. Confiamos en que también lo será su lectura.

Autorxs


Damián Loreti:

Director de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios sobre Servicios de Comunicación Audiovisual, UBA. Secretario del CELS.

Luis Lozano:
Docente e investigador. Integrante de la Cátedra de Derecho a la Información, UBA. Dirección de Comunicación Institucional de la Procuración General de la Nación.