Normativa, funcionamiento y resultado de los comités mixtos de salud y seguridad en el ámbito público de la provincia de Buenos Aires

Normativa, funcionamiento y resultado de los comités mixtos de salud y seguridad en el ámbito público de la provincia de Buenos Aires

La participación de los trabajadores en las cuestiones atinentes a la salud y seguridad en el trabajo fue un tenaz e histórico reclamo de los gremios estatales en la provincia de Buenos Aires. A partir del año 2008 este proceso se vio reflejado en una política pública. Un recorrido por su conformación, los distintos niveles de organización, y las funciones específicas.

| Por Lilian Capone |

En el mes de febrero del 2008 ocurrió un hecho lamentable en Astilleros Río Santiago con un saldo de dos trabajadores fallecidos producto de la realización de una tarea altamente riesgosa: la soldadura de un tanque con vapores de solventes en la bodega de un buque. A partir de este momento se generó un fuerte repudio social y los gremios definieron realizar una movilización en la ciudad de La Plata, entregando un petitorio a la gobernación de la provincia, reclamando un ámbito de participación mixta: gremios y Estado para comenzar a trabajar el tema de salud y seguridad.

En el mes de marzo, el gobierno provincial definió convocar a todos los gremios estatales para incorporar e impulsar la participación de los trabajadores en el tratamiento de las políticas públicas vinculadas a las condiciones y medioambiente de trabajo en los ámbitos públicos del Poder Ejecutivo.

Varias reuniones de carácter bipartito fueron necesarias para sentar posiciones, todas entendibles ya que el objetivo común era la participación verdadera, democrática, con voz y voto de los actores sociales intervinientes. Obviamente se llegó a un acuerdo.

Este consenso llevó a la creación de la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP), integrada por representantes del Poder Ejecutivo Provincial y las organizaciones sindicales. Como la convocatoria fue del Ministerio de Trabajo, no fue posible unificar este espacio con los otros poderes: legislativo y judicial.

Los gremios en ese momento convocados que acordaron trabajar en este espacio fueron: AMET (docentes de escuelas técnicas), APDFA (personal jerárquico ferroviario), ABER, AEMOPBA, AERI, AMRA (médicos), AMS, APOC, APV (personal Vialidad), ATE, CICOP (médicos), FEB (docentes), FEGEPPBA, SGP, Sindicato Personal Mensual de Hipódromos, SIPBA, SOEME (maestranza), SOSBA (aguas), SSP (salud pública), SUTEBA-CTA (docentes), SUTEP, UDA (docentes), UDOCBA (docentes), UF (ferroviarios) y UPCN.

Estas son organizaciones gremiales que agrupan a trabajadores docentes, administrativos, enfermeros, médicos, profesionales en general, auxiliares de la educación y de la salud, ferroviarios, viales, etc. Como se verá, esto también marcó un gran desafío por la variedad de actividades y la diversidad de condiciones de trabajo que tiene cada ámbito, con lo cual era y es muy importante la presencia y el saber de todos. No todos los gremios actualmente participan, pero todos acompañan este espacio y el trabajo realizado.

La CoMiSaSEP se crea, el 3 de septiembre del año 2008, mediante resolución conjunta de los ministerios de Trabajo, Jefatura de Gabinete y Gobierno y la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, convocando a conformarla a representantes de los trabajadores, siendo este un objetivo primordial de la resolución interministerial enunciada.

La CoMiSaSEP es el único comité que funciona en una provincia argentina para el sector estatal comprendiendo un universo de unos 550.000 trabajadores representados por más de 20 asociaciones sindicales.

Luego de su conformación se define consensuar un reglamento interno que permita un funcionamiento acordado, quedando sujeto este a la promulgación de una ley que legalice y legitime este espacio más allá del gobierno del momento.

Es importante recalcar que tanto el gobierno como los gremios estaban convencidos de realizar todo lo necesario para que este cambio de paradigma quedara inscripto en la política pública de Estado y no enmarcado en un acuerdo político con el gobierno provincial de ese momento.

Mucho fue el recorrido con acuerdos, disensos, discusiones fuertes, avances, retrocesos, cambios de funcionarios, de representantes gremiales. Todas estas idas y vueltas no impidieron que se siguiera avanzando convencidos de que este era el camino.

Fue así como se confeccionó un reglamento donde se consignó las misiones y funciones mínimas.

La Comisión Mixta tiene por finalidad proponer e impulsar políticas públicas sobre las condiciones y medioambiente de trabajo en el Estado provincial y acciones de prevención y protección de la vida y la salud de los trabajadores estatales.

Son tareas de esta comisión:

• Fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las dependencias públicas.

• Impulsar proyectos normativos que garanticen el mejoramiento de las condiciones de trabajo con participación de los actores sociales. Así surgió la ley 14.226, Ley de Participación de los Trabajadores en Salud y Seguridad en el Trabajo y su decreto reglamentario 120 (año 2011).

• Formular recomendaciones sobre lo necesario para la gestión de la prevención.

• Regular y asistir a las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas y Comités Mixtos (ámbitos descentralizados del sistema de participación bipartita).

• Fomentar la capacitación de los empleados estatales en la temática en forma gratuita.

• Fomentar la creación de un registro provincial de las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas, Comités Mixtos y Delegados de Prevención (herramientas de descentralización de la política).

• Impulsar la realización de estadísticas sobre la salud y seguridad en el trabajo estatal.

• Impulsar el cumplimiento de la normativa vigente.

• Proponer acciones destinadas al fortalecimiento de las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas en Salud y Seguridad (CJMSS), procurando la capacitación sistematizada de sus integrantes.

• Requerir el asesoramiento y la colaboración técnica a instituciones u organismos, públicos o privados, especializados en cada una de las materias en tratamiento.

• Recibir y dar tratamiento a las propuestas de mejoras elevadas por las CJMSS.

• Supervisar y asistir a las CJMSS.

• Convocar a las CJMSS cuando lo considere necesario.

Actualmente la CoMiSaSEP funciona regularmente en las reuniones plenarias (mensuales) y en grupos de trabajo (semanales).

Se propone una agenda común y luego se trabaja todas las semanas, de acuerdo a experiencias, bibliografía, normativas, etc., aportadas. Los avances temáticos son socializados vía online por todos los integrantes de la CoMiSaSEP, quienes realizan aportes y participan en la reunión semanal y luego se lleva a la reunión plenaria mensual para el acuerdo de todos los integrantes.

Las decisiones se toman por consenso: desde las propuestas trabajadas por el grupo de trabajo semanal, la confección de recomendaciones (que serán elevadas comunicadas a las comisiones jurisdiccionales), la redacción del reglamento interno, hasta el proyecto de la ley y su reglamento (actualmente aprobados y vigentes).

Las autoridades de CoMiSaSEP son designadas por consenso, alternando la presidencia y la secretaría entre representantes gubernamentales y gremiales, a los seis meses. Luego del acuerdo de las partes se realiza la propuesta y se designa a las personas que llevarán adelante las funciones asignadas.

Es importante destacar que en cada reunión plenaria mensual se confecciona un acta donde consta las personas y entidades presentes, la puesta en común del temario con la producción obtenida, los aportes (acuerdos y desacuerdos) del tratamiento de los temas y por último la aprobación por consenso de los representantes de ambas partes. Una vez que se acuerda, queda registrado en esta acta, la cual es publicada en la página web de CoMiSaSEP (www.trabajo.gba.gob.ar-comisasep).

El hecho de confeccionar actas, hasta la actualidad más de 90, no sólo da cuenta de los temas tratados, sino de cómo se abordaron y fundamentaron y qué propuso cada integrante y cuál fue su posición.

La Ley de Participación de los Trabajadores en Salud y Seguridad Nº 14.226, aprobada en el año 2010, fue un trabajo muy arduo. Por momentos trabado en la discusión, pero pudo llegar a los ámbitos parlamentarios en forma consensuada. El decreto reglamentario Nº 120 fue aprobado en el año 2011.

La autoridad de aplicación de la ley 14.226 y su decreto reglamentario es el Ministerio de Trabajo que cumple además funciones de asesoramiento conjuntamente con el Ministerio de Salud provincial.

Esta ley permitió dar legalidad y legitimidad a todo lo hecho y permitió que esté en agenda en las distintas jurisdicciones y se crezca en el diagrama de la gestión de la prevención con inclusión en los estamentos de la administración pública.

Cuando CoMiSaSEP comenzó a funcionar, una de las acciones prioritarias fue capacitar tanto a funcionarios como a trabajadores en el tema de la gestión de la prevención de riesgos laborales. Se organizó con nivel terciario la “Especialización en Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo”. Es un curso anual, semipresencial, de 300 horas con trabajo final evaluado por el equipo de docentes. Esta especialización se dicta en el marco del Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP). Actualmente se cuenta con más de 100 especialistas distribuidos en todos los ministerios.

Quienes completan el curso están capacitados para implementar esta política y promover los espacios de participación que sea posible, de acuerdo con la normativa vigente.

Un hito muy interesante fue la creación de la Secretaría de Personal y Políticas de Recursos Humanos, la Subsecretaría de Recursos Humanos y Condiciones de Trabajo y las Direcciones de Condiciones de Trabajo y de Autoseguro. Instancias inéditas en la provincia de Buenos Aires. Estos estamentos atienden y entienden específicamente las cuestiones de las condiciones de trabajo.

La descentralización de esta política se llevo a cabo a través de la creación de las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas de Salud y Seguridad, en cada uno de los ministerios que conforman el gobierno provincial. Actualmente están formadas más de 20 CJMSS.

Por cada jurisdicción se constituye un espacio integrado por representantes de la administración y representantes gremiales, como en CoMiSaSEP.

Las CJMSS tienen por finalidad el tratamiento de las cuestiones vinculadas a la salud y seguridad de los trabajadores del organismo al que corresponda: Salud, Educación, Economía, Jefatura de Gabinete, Dirección de Vialidad, Institutos de Previsión, Instituto de Cultura, Secretaría de Gobierno, Patronato de Infancia, Organismo de Medio Ambiente, Instituto de Menores, Asuntos Agrarios, Instituto de Vivienda, entre otros.

Los integrantes de estas comisiones serán los designados por las organizaciones sindicales y los funcionarios de los estamentos con mayor responsabilidad en el tema de cada jurisdicción. Es decir que este ámbito tendrá una mirada específica por actividad.

Los miembros representantes de cada parte deciden por consenso a quiénes designan como sus autoridades, quién es el presidente y el secretario (titular y suplente), y cómo se alternarán en sus funciones. Las decisiones en este ámbito también son tomadas por consenso.

Tareas de esta comisión:

• Promover la creación de Comités Mixtos de Salud y Seguridad y la figura del Delegado de Prevención.

• Proponer y fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de los trabajadores de la jurisdicción.

• Atender las recomendaciones e instrucciones que propone CoMiSaSEP.

• Participar en la elaboración y evaluación de los programas de prevención de riesgos, así como también para generar un plan de capacitación permanente y sistematizada.

• Conocer y analizar los daños producidos en la salud de los trabajadores de la jurisdicción y tener acceso a los datos emanados de los exámenes de salud, con el objetivo de valorar sus causas y proponer medidas preventivas.

• Acceder a la información y resultados de los actos de inspección, investigación o estudio realizados por la administración pública en los ámbitos de la jurisdiccional.

Dos aspectos a destacar son, en primer lugar, que las funciones de los miembros representantes de la Comisión Jurisdiccional serán con carácter ad honorem y otro aspecto es el referido a que aquellas cuestiones que no puedan resolverse en la CJM deberán ser elevadas a la CoMiSaSEP.

La dinámica de trabajo es igual que la de CoMiSaSEP: reuniones semanales para tratar los temas consensuados y la aprobación en plenario mensual de lo realizado, todo consignado en actas. Estas son publicadas en las páginas asignadas a cada CJMSS.

La documentación y recomendaciones emanadas de la CoMiSaSEP son adoptadas por las jurisdiccionales y puestas en valor luego de acordar entre sus partes la especificidad de cada actividad.

Las CJMSS impulsan la creación de Comités Mixtos cuando el número de trabajadores supere los 450 de jornada completa y/o el diagnóstico de las condiciones de trabajo así lo requieran. Actualmente hay conformados más de 90 CM.

En el caso particular de la Dirección General de Cultura y Educación se organizaran por cada distrito CMD.

Los miembros de los CM son designados por la máxima autoridad institucional en el caso de los representantes estatales y por las organizaciones sindicales en el caso de los representantes gremiales.

Los CM tienen por finalidad intervenir a nivel local en la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo, en función de las recomendaciones elaboradas por la CJMSS y avaladas por la CoMiSaSEP.

Tareas de estos comités:

• Participar activamente en la implementación de planes y procedimientos preventivos.

• Colaborar con la sensibilización y las actividades de capacitación en la temática organizadas por la CoMiSaSEP y las CJMSS.

• Acompañar a los técnicos especializados y/o inspectores del Ministerio de Trabajo en sus visitas a los centros de trabajo.

• Promover actividades de capacitación de acuerdo con las necesidades del sector.

• Articular con diferentes organismos del Estado dependiente de la jurisdicción, autoridades municipales, bomberos, Defensa Civil, Policía Ecológica, con el fin de planificar, organizar y ejecutar los distintos programas de capacitación, desarrollo de planes de prevención en contingencias químicas, naturales, etcétera.

• Elaborar protocolos de actuación de acuerdo con los planes de prevención realizados por las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas.

Los CM deben registrar sus reuniones en actas y elaborar informes que serán elevados a la Comisión Jurisdiccional Mixta de cada jurisdicción.

Las autoridades de los CM son designadas por consenso cada seis meses alternando la presidencia y la secretaría entre representantes entre las partes.

Los miembros de los Comités Mixtos, por su inserción institucional, están en contacto directo con los trabajadores ya que son un nexo entre los delegados de prevención y la Comisión Jurisdiccional Mixta.

Las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas promueven la designación de Delegados de Prevención (DP): delegados gremiales electos con mandato vigente de acuerdo a la Ley Nacional de Asociaciones Profesionales 23.551.

Estos delegados favorecen la cooperación entre los trabajadores y los funcionarios para promover la salud y seguridad en el trabajo, pero a la vez tienen una mirada atenta y específica en el tema.

Los DP al igual que los miembros de todos los espacios mixtos deben estar capacitados para poder cumplir adecuadamente sus funciones en el marco de la normativa provincial.

Son sus tareas:

• Participar activamente en la elaboración de planes y procedimientos preventivos.

• Colaborar en las actividades de capacitación organizadas por la CoMiSaSEP y las CJMSS.

• Acompañar a los técnicos y/o inspectores del Ministerio de Trabajo a los centros de trabajo.

• Elaborar informes sobre riesgos en el trabajo para la CJMSS y CM.

• Utilizar las herramientas de relevamiento de riesgos laborales dispuestas por CoMiSaSEP o CJMSS.

Mucho se ha avanzado en la política de participación en salud y seguridad con normativas, capacitación, creando y fortaleciendo las CJM, los Comités Mixtos en hospitales y distritos escolares y con distintas recomendaciones sobre:

• Intervención con actividades preventivas sobre dengue en el ámbito público.

• Actuación en Gripe H1N1, constituida en decreto provincial y luego nacional.

• Compra de elementos y materiales relacionados con salud y seguridad.

• Previsiones presupuestarias en las inversiones específicas en el tema.

• Creación de la figura de referentes, para articular políticas entre los ministerios y los ámbitos de participación.

• Implementación del Plan Anual de Prevención: este año se está trabajando en protocolos de actuación sobre Agua, Riesgo Eléctrico y Planes de Emergencia.

• Planes de vacunación y efectores, para todos los trabajadores.

• Incorporación de la normativa específica para concurso de directores de la administración pública.

• Capacitación en las instancias de cursos de inducción de ingreso y de gestión pública provincial en conjunto con el IPAP.

• Conformación de áreas de salud y seguridad, actualmente decreto provincial.

El impacto de esta política en salud y seguridad en el trabajo es altamente positivo, producto colectivo de los actores involucrados: gremios y gobierno. Esto no hubiera sido posible sin el compromiso político serio, el empeño, el trabajo mancomunado y la solidaridad de todos.

Autorxs


Lilian Capone:

Médica Neumonóloga Universitaria. Especialista en Salud Ocupacional. Docente Pre y Posgrado en Facultad de Medicina UBA. Docente de Universidad de Salvador y UCA. Docente externa Fac. de Medicina de la Univ. de Rosario. Secretaria de Salud Laboral de CTA Prov. Bs. As. Integrante Equipo de Salud Laboral de CTERA. Integrante de CoMiSaSEP.