Atrapadores de oxígeno. La esperanzadora lucha de los Mbya Guaraníes

Atrapadores de oxígeno. La esperanzadora lucha de los Mbya Guaraníes

Hoy en día la voz indígena tiene mucho que decir sobre la indefensión que genera el sistema judicial con ellos, los prejuicios, la ineficacia, la deshonra de muchos operadores por falta de formación. En las páginas que siguen, el relato de un conflicto que sirve como ejemplo de una situación que se repite a lo largo de todo el país.

| Por Stella Marys Martínez y Julio César García |

Cuando nos enfrentamos a conflictos en los cuales el afectado es un colectivo, sabremos que estaremos en reales problemas, no sólo por la multiplicidad de sujetos, sino por la escasa receptividad del sistema a visualizarlos como tales. Si agregamos que se trata de un colectivo que es un pueblo indígena, como las Comunidades Mbya en la zona de Pepirí Guazú, de muy escaso contacto con el entorno urbanizado, incluida toda su institucionalidad, sabremos que el tenor del conflicto será realmente más complejo. Si añadimos que quienes originan el conflicto son empresas ligadas al sector forestal, con exigua o nula receptividad a las demandas de la sociedad en general en temas como medio ambiente, y como si fuera poco le adicionamos el altísimo valor de los “recursos naturales en una de las zonas más ricas de Latinoamérica”, como es la zona de la biosfera de Yabotí –por lo tanto una de las más codiciadas por el valor de mercado–, las motosierras no dejaran de zumbarnos en los oídos por un largo tiempo, hasta que los Mbya logren recomponer el clima de su tan ansiada Tierra sin Mal.

Las tres comunidades Tekoa Yma, Kapi’i Yvate y Ita o Miri son parte de las 110 comunidades que integran el pueblo Mbya Guaraní, distribuido en todo el territorio de la provincia de Misiones, conforme relevamiento realizado por el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (EMiPA). Estas tres comunidades tienen su territorio en cercanías de los ríos Pepirí Guazú y Uruguay (próximas a los Saltos del Moconá), integran un todo con la Reserva Provincial Esmeralda y el Parque Provincial Moconá; más precisamente dichas comunidades se ubican en un área protegida denominada Reserva de Biosfera de Yaboti (RBY), integrada en su gran mayoría por tierras cuyos titulares registrales nunca han vivido en dichos territorios, con una superficie de 253.773 hectáreas y que fuera declarada por la UNESCO, en ocasión de la Cumbre de Río en 1992, como tributo de la Argentina a dicho evento. En realidad esa declaración no había superado el papel en los hechos, sólo existían algunas restricciones, pero era un territorio de selva a merced de los mercaderes del ecocidio. La selva, el agua transparente, la fauna, los Mbya fluían en vida y oxigeno profundo, quizá la Tierra sin Mal, tan ansiada por los guaraní.

“Maria Josefa Ramirez (Kiki) del Equipo Misiones de Asesoria Juridica”

El origen del conflicto

Las Comunidades Mbya en la biosfera son las más tradicionales y durante mucho tiempo gracias a la selva y su estrategia de supervivencia, protección, autocuidado, no habían tenido contacto con el mundo no indígena.

Hasta que las empresas forestales, como Moconá Forestal, con sus maquinarias, grúas, guinches, camiones acoplados, obreros, se lanzaron sobre la vida comunitaria, arrasando su territorio ancestral, su tekoa, sus cementerios, sus lugares sagrados, sus lugares de aprovisionamiento de alimentos y medicinas, pasaron por medio de sus aldeas, arrasaban con su cultura, su hábitat, su lógica de vida, su paz; el dinero justificaba todo y el gobierno de Misiones hacia fines de 1998 y principio de 1999, permitió que se arrasara con parte de lo que durante años, décadas, siglos, había sido el territorio de estas comunidades. Ellos cortaban “palos” pero para los guaraní fue como si una bomba atómica explotara en medio de un hospital, un supermercado, un templo, un barrio, al decir del biólogo, Premio Nobel Alternativo de la Paz, Raúl Montenegro.

Artemio, como líder, comprendió inmediatamente el tamaño de la agresión recibida y el peligro que se cernía sobre sus comunidades. Acudió a pedir ayuda, sabiendo que nada sería como había sido hasta entonces, se armó de coraje y junto con el líder de la otra comunidad, Martín Fernández, que era más baqueano en ciudades, emprendieron viaje en búsqueda de posibles aliados. Los únicos que conocían y a quienes en 1995 habían permitido ingresar en su territorio: Kiki Ramírez y Raquel Zoppi, integrantes de EMiPA, y no se equivocaron, fueron bien recibidos y conjuntamente se pusieron a trabajar; hasta la fecha son los principales aliados en defensa de sus recursos naturales y la recuperación del territorio: lotes 8, 7, 6 y 5.

EMiPA, con vasta experiencia en estas lides, sabía que estas comunidades no sólo desconocían nuestro sistema legal, sino también el cultural, jurídico y político; no poseían documentos, ni inscripción en el registro de personería jurídica, no hablaban el castellano. Asimismo se irían interiorizando progresivamente de la nueva realidad. Por ese entonces el único ingreso y salida a las comunidades era por Brasil, a través del río Pepirí, ya que las empresas forestales o madereras no sólo invadieron el territorio indígena, sino que los arrinconaron impidiendo su libre circulación mediante un gran portón con guardias, así fueron encerrados en su propio territorio. Este dato que se mostraba como escandaloso por la magnitud de la agresión tenía varios aspectos tangibles pero quizás el más elocuente, para ser visualizado por nuestra sociedad, fue la denuncia de que en sólo 60 días unos 3.285 metros cúbicos de madera habrían sido retirados en forma ilegal de la Reserva de Yabotí.

Dificultades y estrategias

EMiPA, si bien contaba con un equipo especializado en cuestiones indígenas, uno de los únicos en el país para ese entonces, no poseía abogados que litigaran en la provincia de Misiones. Diseñó una estrategia de recuperación rápida del territorio y contó con el valioso apoyo de la abogada Susana Barrandeguy, quien residía en la localidad de Eldorado, para plantear un “interdicto de recuperar la posesión” y una “medida cautelar” en los estrados judiciales de la provincia.

El que habiéndose concedido en primera instancia detuvo la tala y permitió que se levantara el portón que impedía la libre circulación de los Mbya. Pero fue inmediatamente apelado por la empresa, que contaba no sólo con un equipo de abogados sino también con la ignorancia y prejuicios de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción de Misiones, Secretaría Civil de ese entonces.

“Pero a la luz del nuevo derecho constitucional argentino vigente desde 1994, que consagra una importante modificación al estatus jurídico de las Comunidades Aborígenes, producto del avance la legislación internacional sin que se adecuen las instituciones locales y muchas veces se receptan formulas preconcebidas para otra realidad social sin verificarse si son o no acordes a la nuestra, ponen permanentemente en crisis el orden jurídico obligando al juzgador a compatibilizarlas…”. Esto fue el preludio para desconocer el derecho internacional sobre derechos humanos y sobre pueblos indígenas, ya que con dicho argumento revocó el interdicto y permitió que la empresa lograra seguir ejecutando los permisos forestales concedidos por la provincia, otorgados por el Ministerio de Ecología.

Las Comunidades Tekoa Yma, Kapi’i Yvate, convocaron a otras a su territorio y al equipo de abogados a instancias de EMiPA, quienes debían ingresar por Brasil, y en conjunto empezaron a diseñar una nueva estrategia que tendría varios enfoques: la búsqueda de aliados que entendieran la cosmovisión y cosmogonía de las comunidades, que el caso tuviera visibilización no sólo en la provincia de Misiones sino en otras instancias nacionales e internacionales y levantar la puntería en cuanto a la táctica legal, ya estábamos en el año 2001.

En este nuevo esquema fue clave el rol que cumplió la Comisión de Población de la Cámara de Diputados de la Nación, su presidente María Elena Barbagelata y la alianza con Raúl Montenegro, Premio Nobel Alternativo y su organización FUNAM, quien logró, con su campaña nacional e internacional, hacer mover del letargo político misionero a su ministro de Ecología, Miguel Ángel Alterach, consiguiendo que se incorpore a las negociaciones. De este modo se obtuvo un acuerdo en la ciudad de Posadas, el 4 de julio de 2002, con la participación de las comisiones de Derechos Humanos y Garantías, de Población y Desarrollo Humano, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, la Empresa Moconá Forestal, el presidente del INAI Jorge Pereda, las Comunidades, sus abogados y el equipo en terreno EMiPA. Para ese entonces se había incorporado al equipo Vasco Baigorri. Si bien hubo un desplante por parte de la empresa que se retiró sin firmar y con agresiones verbales hacia las comunidades y sus letrados, sacando a flor de piel el racismo en su lógica de actuación.

El acuerdo permitió detener la explotación de la selva en la zona donde habitaban Tekoa Yma, Kapi’i Yvate, con el contralor del Ministerio de Ecología y las Comunidades Indígenas, avanzando en la determinación del área vital (territorio) en la que se proveen las Comunidades para su sustento, su salud, materias primas, alimentos. Para ello se dispuso una Evaluación de Impacto Ambiental a los efectos de determinar si existían daños a la sustentabilidad ambiental y social. Ante la certeza que no se lo realizaría desde las instancias gubernamentales fue llevado a cabo primero por las comunidades, el equipo de EMiPA y el biólogo Raúl Montenegro por un lado y luego por el Ministerio de Ecología de Misiones, a través del Ing. Héctor Alejandro Keller, ambos documentos de determinación territorial son una joya al informar sobre la relación con el ambiente donde los Mbyas son parte de un engranaje espectacular, interesa destacar que el territorio Mbya que determinaron ambos es de entre las 6.000 y 7.000 has.

La Comunidad y sus aliados no cejaban en sus denuncias, los camiones tampoco, seguían expoliando la selva. En el año 2004 se logra, por Resolución Nº 533 del Ministerio de Ecología, la suspensión de las actividades forestales en toda esa zona.

Mientras tanto, las acciones judiciales interpuestas por las Comunidades trataban de vencer todos los obstáculos del sistema judicial a través de sus operadores. Se remitían la causa de reclamo territorial (determinación territorial, mensura, escritura y registro de su territorio) que se había interpuesto en la Justicia Federal por las nulas garantías de independencia que ofrecía la Justicia provincial, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De la Corte, luego de varios años, volvían a la Justicia Federal y se iban luego a pasear nuevamente a la Corte y de allí regresaba a la Justicia provincial, sin que en ningún momento los jueces o tribunales se avocaran al fondo de la cuestión: la agonía de la selva misionera, la agonía de los Mbya Guaraní, que sabiamente les habían dado diez años a sus abogados –los caciques Martín y Artemio– para que pudieran brindarles alguna respuesta.

Ante la desvergonzada respuesta judicial comienza a emerger una respuesta

Es de rescatar que la tozudez de los Mbya, de EMiPA y de Montenegro logró movilizar como ya dijimos a los funcionarios provinciales, quienes mantenían la prohibición de intervención sobre el lote 8 y serias restricciones dado el carácter de reserva sobre los demás lotes, lo que volvió la actividad forestal ni tan rentable ni tan fácil. Además, se creó un sistema de guardaparques específico para la Reserva de Biosfera que lograron una rápida identificación no sólo con la selva y la necesidad de cuidarla sino también con los Mbya.

Las comunidades reclaman todo su territorio, comprendido en los lotes 5, 7, 6 y 8. El lote 8, donde en la actualidad se asientan los tekoa, fue puesto en venta por el titular registral, con los Mbya adentro. La Fundación Word Land Trust, representada por la Fundación Frontera Verde (FFV) –de nulos antecedentes ecologistas ambientales, y cuya cara visible era un ex funcionario provincial–, inicia una serie de negociaciones con la intervención del Ministerio de Ecología de la provincia, para comprarlo con fines conservacionistas.

La empresa transferiría el lote 8, reservándose una porción del mismo para desarrollar un proyecto ecoturístico de bajo impacto ya que por las normas que rigen a la biosfera las actividades forestales están fuertemente restringidas en la zona. El resto quedaba en propiedad de FFV, que autorizaba a las Comunidades a usar una parte del lote condicionando la forma en que lo podían hacer.

Por supuesto, ninguno de estos actores pensó en las comunidades, ni las consultaron y mucho menos en que ellas pudieran ser las titulares de ese lote, toda la información que circulaba era a través de los medios y algunos emisarios que querían avanzar en dicha dirección, en tanto los Mbya esperaban.

En el año 2009 las comunidades solicitan un pedido de informe y manifiestan que no han sido consultadas, según lo establece el Convenio 169 de la OIT, la Resolución de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Rompiendo el silencio habitual, y ante la petición de las comunidades, el Estado contesta que se estaba “gestionando un proyecto en tal sentido y que en su debido momento, para aprobarse, serían consultadas”.

Insisten las comunidades con su derecho a la consulta, el Estado toma nota de esto sabiendo que la suerte del proyecto estaba echada, el Ministerio de Ecología en pleno, junto con los empresarios y la FFV participaron de una Asamblea de Caciques (Aty Ñeychyro) y allí informan sobre sus intenciones, su proyecto y hacen entrega del expediente que se estaba tramitando. Los Caciques pidieron un tiempo para responder y la respuesta fue: no.

Ante esto, el Ministerio de Ecología se retira de las negociaciones a fines del año 2011. Siguen las conversaciones con la fundación, la empresa y las Comunidades, reclamándose siempre que se reconozca a las Comunidades como verdaderos sujetos de derechos y los derechos territoriales que poseían, en esto es clave nuevamente el rol que juegan Raúl Montenegro, John Burton y EMiPA, para acercar a las partes, fue el preludio para lo que vendría. Rol que debería haber cumplido el sistema judicial, pero no tiene interés en este tipo de cuestiones, por lo tanto le son ajenas y sus operadores no están preparados, tampoco existen indicios de avanzar en tal dirección.

A comienzos del año 2012 el Ministerio de Ecología, la empresa y la fundación vuelven a intentar llegar a un acuerdo con la participación de las Comunidades, en igualdad con el resto de las partes con la certeza del reconocimiento de titularidad territorial a las mismas. Producto de estas gestiones se firma el acta acuerdo sobre el lote 8 que tiene como puntos centrales: 1) Conservación del ambiente; 2) Respeto de los derechos indígenas y 3) Desarrollo sustentable.

El acuerdo

Como un tejido indígena se fue armando el consenso, de todos modos la tarea no era, no es y no será fácil, se debían generar las condiciones para llegar a un acuerdo satisfactorio para las partes, muy disímiles entre sí: la empresa Moconá Forestal, representada por el joven empresario Nicolás Miguel Laharrague; la Fundación Word Land Trust, sus socios en la Argentina, representada por Luis Castelli; la provincia de Misiones, representada por el joven funcionario de Ecología, Juan Manuel Díaz; las comunidades: Tekoa Yma, Kapi’i Yvate y Ita o Miri, representadas por sus Caciques Artemio Benítez, Lidio Da Silva y Agustín Espíndola y EMiPA y se consensuó un facilitador, Javier Jiménez. Se diseñaron una serie de talleres entre todas las partes, los lugares elegidos para los mismos tenían que ver con cada uno de los actores a los fines de que la mirada de la interculturalidad fuera creciendo entre todos, los encuentros se desarrollaban en castellano y en Mbya Guaraní con traductores, las discusiones no fueron fáciles, la desconfianza era mutua, hasta que después de varias idas y vueltas, intercambio de posiciones, replanteos, el 16 de abril del año 2012 se firma el “acuerdo marco para el uso sostenible del lote 8” en la Casa de Gobierno de la provincia de Misiones entre todas las partes a partir del cual de las 3.900 has que comprende aproximadamente el mencionado lote se acordó que:
1) 200 has quedarían bajo el dominio exclusivo y con título de propiedad a favor del Moconá S.A.
2) 500 has pasarían con dominio a perpetuidad entre las comunidades: Tekoa Yma, Kapi’i Yvate e Ita o Miri y la fundación argentina que proponga World Land Trust (WLT) y ratificada por las partes, dentro del cual se reconoce
3) un predio de 10 has para la Fundación.
4) Una parcela de una extensión no menor a 1.500 has, que comprende la actual ubicación y asentamiento de las comunidades guaraní, que se reconocerá en propiedad y dominio pleno a las comunidades Guaraní y
5) el resto de la superficie del lote 8 será destinado a un condominio temporal entre las comunidades guaraní participantes de este acuerdo y la fundación, con un máximo de 7 años improrrogables desde el momento que se suscriban y certifiquen notarialmente los contratos de fideicomiso (punto 1 inc. a), b), c), f)), fenecido dicho plazo esto pasará a manos de las comunidades. Con respecto a este sector vale aclarar que en noviembre del año 2012 se realizó una adenda en el acuerdo original en virtud del cual su aplicación sería aún más favorable para las comunidades, pues la parte que estaba destinada a ser transferida en condominio temporario sería directamente titularizada en propiedad y dominio pleno a favor de las Comunidades.

Se convino también en el acuerdo marco que en el espacio destinado a condominio perpetuo se cederá el uso a perpetuidad al Ministerio un espacio para exclusivo uso público como sendero peatonal y áreas de descanso.

Además en inc. g) las partes acordaron que las propiedades que constituyan los condominios, temporal y a perpetuidad tanto como la propiedad exclusiva, no serán enajenables, transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos tal como lo enumera la Constitución nacional art. 75 inc. 17, es decir, tendrán todos los caracteres de la propiedad indígena. Así también se deberá asegurar el uso tradicional de la totalidad del territorio por parte de las Comunidades Guaraní garantizándose su continuidad territorial de la totalidad del lote 8.

En el punto 4 se estipuló que en toda la extensión del lote 8, todas las partes se comprometen a hacer un uso sostenible del territorio y sus recursos naturales tal como prevé la legislación provincial y nacional al ser un espacio integrado en la Reserva de la Biosfera del Yaboty y especialmente respetuoso con las formas de vida de las Comunidades Guaraní. Así también las partes convinieron confeccionar participativamente un Plan de Uso, para todo el lote 8; que deberá realizarse usando las técnicas, pautas y conocimientos de los indígenas y no indígenas. Acordando las partes acuerdan normas mínimas en las cuales se tiene en cuenta y se respeta el modo de uso y de vida tradicional de los indígenas.

En el punto 7 las partes se comprometen a integrar un Comité de Coordinación para la gestión del lote 8 para evaluar la gestión y el cumplimiento del acuerdo.

En el punto 9 se dispuso que todos los documentos y acuerdos que se suscriban deberán estar escritos en dos versiones del mismo tenor en lengua española y en lengua Mbya Guaraní.

Y el acuerdo fue presentado en la Justicia a los fines de requerir la suspensión del juicio con la declinación final del mismo al momento en que las comunidades Mbya Guaraní tengan el título en sus manos.

Concluyendo. El porqué del título

Hoy, en tiempos en que se replantea el rol de la Justicia, o mejor dicho el del poder judicial, y la democratización del mismo, la voz indígena tiene mucho que decir sobre la indefensión que genera el sistema judicial con ellos, los prejuicios, la ineficacia, la deshonra de muchos operadores por falta de formación.

Casi nueve años pululando ante los estrados judiciales para corroborar que es un servicio de espaldas al pueblo, de espaldas a las grandes causas de la humanidad y que no podemos cifrar esperanzas en el mismo. “El incumplimiento se vuelve crónico prejuicio colonial en el caso de los pueblos originarios. Su omisión puede verificarse en las prácticas rutinarias y como solapadas formalidades técnicas que suprimen el acceso. De manera que se observan tanto discriminación como prejuicios.

El modelo colonial funciona con un repertorio de excusas que expresa con una cuidadosa retórica y se aplica mediante una repetida indiferencia burocrática”, sostuvo el Dr. Manuel Moreira, juez federal, en ocasión del Congreso de Derecho Constitucional Indígena, abril de 2012, en Resistencia, Chaco.

Indudablemente, como dato disonante se inscribe el pobre papel que cumplen las agencias estatales de políticas indígenas, grandes ausentes en estos conflictos, sin agenda y sin soluciones para con los mismos.

Quizá de manera tangible cada uno de los actores de este acuerdo, al modo del cuento de Tolstoi sobre el elefante, pueda referirse al mismo según su punto de vista, su propio interés. Los conservacionistas han logrado sacarles a los forestales la selva para su conservación y preservación del ambiente; los indígenas han logrado obtener el reconocimiento y titulación a favor suyo del lote 8, como parte del territorio reclamado por ellos desde hace muchos años; la empresa cambió un problema por un acuerdo y 200 has, pero además de lo territorial este acuerdo tiene otras aristas que lo distinguen y así cada uno de los otros actores podrán esgrimir el acuerdo a su favor.

Desde el punto de vista humano, en este pequeño conflicto, en este limitado escenario se jugó y se juega la vida de la humanidad, el modelo de desarrollo, el modo de convivencia, el modo de resolver los conflictos, que nos debemos los seres humanos. Una vez que se aquietaron las motosierras, los camiones, se calmaron los egos y emergieron los espíritus, se escuchó la voz de la selva, el susurro del agua, el movimiento del grillo y los hombres y mujeres pudimos dialogar sobre lo que nos pasa, escucharnos ceremoniosamente; qué queremos, qué pretendemos, sabiendo que nadie es superior a nadie, que nadie tiene toda la razón, que todos podemos aprender de los otros, pero que es vital, la selva, el agua, los árboles, las plantas, los animales, los insectos, la cercanía con los otros… los otros son vitales, tan vitales como este respirar profundo, atrapando oxígeno.

Autorxs


Stella Marys Martínez:

Abogada. Miembro del Equipo Misiones de Pastoral Aborigen. Integrante de la asesoría jurídica del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA).

Julio César García:
Abogado. Facultad de Derecho de la UNNE. Especialista en Derechos de los Pueblos Indígenas. Patrocinante de Pueblos Indígenas en causas en el Norte Argentino. Miembro fundador de la AADI – Cátedra de Derecho Indígena.